Consulta 17 – Cobranza con pagos parciales en Brasil
CONSULTA 17 Se refiere a dos remesas simples de exportación (aunque podría presentar montones de ejemplos) que nos plantea la Caixa de Manresa. Se envían al mismo banco en Brasil en diferentes fechas: 22-6-200 y 21-9-2000 por los mismos importes cada una USD 5.246,50 y vencimientos 8-7-2000 y 6-10-2000 respectivamente, que, en ambos casos, serán …
CONSULTA 17
Se refiere a dos remesas simples de exportación (aunque podría presentar montones de ejemplos) que nos plantea la Caixa de Manresa.
Se envían al mismo banco en Brasil en diferentes fechas: 22-6-200 y 21-9-2000 por los mismos importes cada una USD 5.246,50 y vencimientos 8-7-2000 y 6-10-2000 respectivamente, que, en ambos casos, serán modificados extendiendo el vencimiento.
En ambos casos se indicaron como principales instrucciones: ‘Your charges for drawee’s account. If refused do not deliver the documents. In case of need advise us by telex or swift.
Protest in case of non payment. Please acknowledge receipt. Special instructions: Advise pymt by swift. ………. Advise in case of difficulties.
This collection is subject to uniform rules for the collection of commercial paper (1995 revision).
International Chamber of Commerce brochure 522.
El banco remitente acusa recibo los días 10-7-00 y 28-9-00 respectivamente. El 8-9-00 se pide información acerca de la situación de la primera de ellas.
El 18-9-00 el banco remitente informa de que se pagará a fin de mes.
El 3-10-00 se pide información nuevamente al banco ya que no se han recibido los fondos.
El 5-10-00 el banco remitente indica que el pago (sic) permanece impagado y pide instrucciones.
El 17-10-00 se reclama el pago de las dos (ya han vencido ambas) pidiendo que se presenten al librado puesto que ambos efectos están aceptados (a vencimientos anteriores), por lo que deberían ser pagados o protestados.
El 2-11-00 la Caja reitera sus peticiones de información recordando el protesto.
El 18-1-01 y 26-1-01 se vuelve a reiterar las peticiones.
El 12-3-01 el banco brasileño contesta que el librado pagó dos plazos (entiéndase dos pagos parciales) aplicables a una de las remesas.
El 14-3-01 la Caja contesta explicando que estos pagos corresponden a anticipos sobre una factura, pero que no se corresponden con el pago de la remesa dado que el vencimiento pasó a ser del 8-7-00 al 8-1-01 (no hay justificación documental de esta modificación) pero que en todo caso la modificación fue aceptada por el librado, lo que no hubiera tenido sentido si el efecto se hubiese pagado ya.
En todo caso la Caja recuerda al banco brasileño su petición de que el efecto fuese protestado en caso de impago.
El 10-5-01 la Caja solicita la devolución de los efectos por mensajero, con las correspondientes actas de protesto.
El 15-5-01 y el 22-5-01 reitera sus peticiones de devolución de los efectos protestados, sin obtener hasta la fecha respuesta alguna.
La Caixa de Manresa solicita a los expertos de la CCI que le informen de los pasos a seguir.
Conclusión:
Todos los miembros del grupo de expertos estamos de acuerdo en que es una clara violación de las URC 522 y de las prácticas bancarias.
Acciones a tomar:
1) Ponerse en contacto con el banco cobrador brasileño, vía departamento de corresponsalía.
2) Analizar si hay acuerdos entre librado y librador al margen de la remesa de exportación.
3) Averiguar las consecuencias legales sobre el protesto de efectos en Brasil.
4) Poner el caso en conocimiento del Comité de la CCI de Brasil, bien directamente o a través de París.
5) Denunciar el caso ante el Banco Central de Brasil.
6) Enviar copia escrita de las acciones efectuadas al banco cobrador brasileño.