Consulta 332 – ¿Puede un Banco Presentador renunciar al reembolso de unos documentos presentados? admin-iccspain el 11 julio, 2017 Categoría: Consultas Reglas bancos UCP 600 Navegación de entradas Anterior: Entrada anterior: Consulta 331 – ¿Certificado de conformidad por vendedor?Siguiente: Entrada siguiente: Consulta 334 – Cualquier puerto europeo