Consulta 6 – Envío grupage no permitido LCL
CONSULTA 6 Planteada por Caja de Ahorros de Baleares (“Sa Nostra”). Pregunta: Agradecería me indicase cómo se documentaría, en el condicionado de un crédito documentario de importación, «envío por grupage (L.C.L.) no permitido». Tengo la duda de si esta condición se estipularía en el conocimiento de embarque, o si se tendría que solicitar un certificado …
CONSULTA 6
Planteada por Caja de Ahorros de Baleares (“Sa Nostra”).
Pregunta:
Agradecería me indicase cómo se documentaría, en el condicionado de un crédito documentario de importación, «envío por grupage (L.C.L.) no permitido». Tengo la duda de si esta condición se estipularía en el conocimiento de embarque, o si se tendría que solicitar un certificado del proveedor.
Respuesta:
La Condición debe solicitarse en la emisión como parte del detalle del B/L y la evidencia del cumplimiento debe darse dentro de dicho documento de transporte sin necesidad de documento adicional. Puede ser demostrada en Positivo (solicitando que en el B/L se indique que las mercancías van en FCL) o en negativo (que no van en LCL). La condición exigida «LCL no permitido» no requiere presentación de certificado específico al respecto. Únicamente debe desprenderse del BL que esa condición se ha cumplido. Lo mejor es incorporar una cláusula en el crédito que diga aproximadamente: «It is a condition of this credit that B/Ls stating LCL are not acceptable».